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España agiliza el nacimiento de empresas con la Ley Crea y Crece

Aprobada por el Congreso de Diputados, la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas promete facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión.

El pasado mes de septiembre fue aprobada por el Congreso de Diputados la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, mejor conocida como la Ley Crea y Crece que, según los expertos, vino a reducir las barreras de entrada para la creación de nuevas empresas en el mercado español.

De acuerdo con los expertos en asesoría fiscal Madrid de Compromiso Empresarial, entre los objetivos de este nuevo marco normativo está el refuerzo a la financiación para la creación de nuevas sociedades limitadas, al imponer un capital social obligatorio de apenas un euro (1 €), la lucha contra la morosidad, el establecimiento de la facturación electrónica como estándar en todos los niveles de empresa, y la reducción de obstáculos legales.

Se facilita la creación de empresas

Hasta la aprobación de la nueva Ley, el marco jurídico para la creación de nuevas empresas en España ha establecido un piso de capital social obligatorio de 3.000 euros para la puesta en marcha de una sociedad de responsabilidad limitada.  Esto ha supuesto una barrera para la iniciativa de los emprendedores con poco capital de arranque.

Desde la firma de asesoría laboral Madrid, Compromiso empresarial, la posibilidad de crear una sociedad limitada con un euro de capital social, cuenta con el matiz de una reserva legal igual o superior al 20% de los beneficios.

“En caso de tener que liquidar la sociedad si ésta no tuviese suficiente capital para responder al pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el capital que se haya suscrito y los 3.000 euros”.

En este contexto, con el nuevo marco legal desaparecen la sociedad limitada de formación sucesiva (SLFS), que permitía constituir sociedades con un capital inferior al mínimo legal establecido hasta ahora (3.000 euros) y la sociedad limitada nueva empresa (SLNE), que pasa a regularse por el régimen ordinario de cualquier SRL.

Emprendedores

La factura electrónica como estándar

Tal y como lo establece la nueva Ley (B.O.E. Ley 18/2022), será obligatoria la facturación para mediar las relaciones comerciales entre empresas y autónomos con el fin de garantizar una mayor trazabilidad y control de los pagos.

“Esta medida, además de reducir los costes de transacción y suponer un avance en la digitalización de la operativa de las empresas, permitirá obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago, requisito imprescindible para reducir la morosidad comercial”, destaca la norma.

Existe un plazo de adopción para esta tecnología por parte de las empresas que finaliza en septiembre de 2023.

Recomiendan los asesores de Compromiso Empresarial dar inicio al proceso de modernización digital que exige la Ley, apelando al programa de ayudas disponible en España, conocido como Kit Digital. “Como podemos ver por las medidas que se están llevando a cabo, será una obligación tener la empresa digitalizada”.

Morosos fuera de los programas de subvención pública

Con la nueva regulación han puesto en marcha el “Observatorio Estatal de la Morosidad”. Su cometido será vigilar y hacer el seguimiento de los medios de paro y la morosidad en las operaciones comerciales, elaborar y difundir un código de buenas prácticas para contribuir a una cultura de pagos responsable; y aplicar las normas de pago de la regulación europea y nacional.

Además, han creado un nuevo apartado en la Ley General de Subvenciones en que se especifica que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad, ya sea con la Administración o con otra empresa, no podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora en subvenciones públicas.

El Observatorio Estatal de la Morosidad tendrá que publicar un listado anual de empresas morosas (personas jurídicas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y que el importe total de las facturas impagadas sea superior a 600.000 euros).

Por otro lado, se incorporan mejoras en los instrumentos de financiación de las empresas alternativos a la financiación bancaria, como el ‘crowdfunding’ o financiación participativa, la inversión colectiva y el capital riesgo.

Finalmente se obliga a los notarios a suministrar toda la información al usuario cuando se vaya a constituir una nueva sociedad limitada, ya sea un intermediario o el propio Notario, de la opción que existe de crear una sociedad por medio de PUNTO PAE.

Adolfo Manaure

Entusiasta seguidor de la tecnología y las innovaciones que cambian el mundo. Director Editorial y COO en The HAP Group.

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