¿Qué hacer cuando algún cliente excede los plazos de pago de nuestras facturas pendientes? Compartimos algunas claves de los expertos.
La gestión de cobranzas y reclamo de deudas es por mucho la etapa más crítica en la administración de tu negocio. Y es que una mala sincronización de los pagos por parte de los clientes puede poner en peligro la sostenibilidad de la operación y colocar en riesgo la salud financiera de la empresa.
Si bien es cierto que el derecho mercantil suele aportar mecanismos para accionar contra un cliente en situación de impagos por la via judicial, los abogados especialistas en derecho mercantil recomiendan una evaluación previa de la relación con el objetivo de valorar acciones más expeditas, y amistosas, como es el caso del acuerdo extrajudicial de pagos.
¿Cuándo podemos apelar a los abogados para cobrar una deuda?
Desde Forcam Abogados, especialistas en reclamación de deudas nacionales e internacionales con despacho en Barcelona, nos advierten que cualquier procedimiento legal para reclamo de deudas es procedente por saldos pendientes por pagar superiores a los 6.000 euros y con plazos cuyo vencimiento sea constatable en las facturas.
“Cuando se gestiona el cobro de una deuda lo más importante es recuperar el dinero, y la mejor forma de hacerlo es mediante una negociación con el deudor y formalizar un acuerdo extrajudicial de pagos”, confirman los expertos.
Y ¿qué son los acuerdos extrajudiciales de pagos? Se trata de acuerdos amistosos entre el deudor y el acreedor, que se obtienen mediante una negociación efectiva entre las partes.
Con el acuerdo extrajudicial de pagos se recupera el 100% de la deuda mediante acuerdos efectivos con el deudor. Los acuerdos extrajudiciales de pagos permiten recuperar la deuda íntegra, sin acudir a la vía judicial.
Este tipo de acuerdos se inician mediante un requerimiento previo, enviado y firmado por un abogado especialista en la reclamación de deudas.
Mediante este requerimiento previo y posterior negociación se recuperan las cantidades adeudadas y se establece un plan de pagos con el establecimiento de cláusulas de protección para cumplir con éxito con el acuerdo extrajudicial de pagos.
¿Qué hacer si la vía amistosa no es efectiva?
Cuando los procesos de negociación no alcanzan el efecto deseado para exigir una deuda impagada, existe otro procedimiento, que es sumamente efectivo y rápido que los abogados mercantiles recomiendan a las empresas, autónomos y profesionales prestadores de servicios. Hablamos del procedimiento monitorio.
El procedimiento monitorio es un procedimiento judicial que sirve para reclamar una deuda dineraria, si se cumplen los siguientes requisitos: Ha de ser una deuda dineraria, líquida, determinada, vencida y exigible.
Mediante este procedimiento monitorio se sigue los trámites por la vía judicial, que empieza con una demanda dirigida al Juzgado de Primera Instancia del domicilio del deudor. Si el deudor se opone, negando la existencia de la deuda, el procedimiento se archiva y la tramitación continúa según los cauces del procedimiento declarativo en función de la cuantía que se reclama.
Posteriormente, y dependiendo de la cuantía de la deuda, habrá un primer juicio oral que servirá para presentar pruebas y llegar a un acuerdo en sede judicial, o bien se sustanciará directamente en un solo juicio. Podrá haber acuerdo entre las partes. En caso contrario, se dictará sentencia.
Para poder reclamar la deuda con garantías es importante que la deuda pueda estar acreditada con facturas, albaranes, documentos notariales, justificante de transferencia bancaria, etc.